Por Redacción Monitor Expresso
México, a 10 de noviembre de 2016.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que es constitucional el acceso de niñas, niños y adolescentes a anticonceptivos o educación sexual escolar en temas como preferencia sexual.
Luego de que una Rosario Celine Becerril, de Aguascalientes presentara un amparo para impugnar la norma con el argumento de que esta violaba el derecho de los padres a educar a sus hijos, la SCJN lo negó pues consideró inválido que ella dijera que se discriminaba a los niños y adolescentes por razón de género y que se garantizaba indebidamente el acceso a métodos anticonceptivos.
Durante la discusión del tema, la segunda sala de la SCJN validó los argumentos del ministro Alberto Gelacio quien señaló que la elección de una preferencia sexual no transgrede los derechos de la quejosa sobre su hijo y que la patria potestad no sustituye la voluntad y el consentimiento del menor, mientras que en el tema de los anticonceptivos precisó que la norma no prevé que sea una obligación para el menor recibirlos contra su voluntad, menos aún utilizarlos, sino que la ley garantiza el acceso a dichos métodos que el Estado está obligado a proporcionar.
Con información de La Jornada