México. – El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este 12 de diciembre un decreto que modifica la Ley Federal de Protección al Consumidor para regular los cobros automáticos recurrentes y facilitar la cancelación de suscripciones, servicios y membresías contratadas por medios digitales.
La reforma adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis y establece nuevas obligaciones para los proveedores. Entre ellas, informar de manera clara, destacada y accesible cuando un servicio incluya cargos automáticos, especificando el monto, la periodicidad y la fecha exacta del cobro, además de contar con el consentimiento expreso del consumidor.
Asimismo, las empresas deberán notificar al menos con cinco días naturales de anticipación cualquier renovación automática, para que el usuario pueda decidir si continúa o cancela el servicio sin penalización. La ley también obliga a habilitar mecanismos de cancelación inmediata, con el objetivo de eliminar procesos complicados o diseñados para impedir la baja.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) informó que las nuevas disposiciones entrarán en vigor el 13 de diciembre de 2025 y advirtió que habrá sanciones para los proveedores que incumplan. La dependencia señaló que la reforma busca fortalecer los derechos de los consumidores, especialmente frente a servicios digitales con cargos recurrentes.
Profeco recordó que los usuarios pueden presentar quejas o denuncias en caso de cobros no autorizados o dificultades para cancelar servicios a través de sus canales telefónicos, digitales o en cualquiera de sus oficinas de atención en el país.








