Fotografía de archivo
México. – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el acuerdo emitido por la Secretaría de Energía (Sener) que limita la interconexión y construcción de centrales privadas de generación de energía eólica y solar con la red eléctrica nacional, así como la comercialización de la energía que producen empresas particulares.
Al determinar una controversia constitucional promovida por la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) contra el Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2020, la Segunda Sala de la Corte determinó que dicha norma vulnera los principios de libre competencia y concurrencia contenidos en el artículo 28 de la Constitución Mexicana, así como el principio de sustentabilidad previsto en el artículo 25 de la Carta Magna.
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La resolución de la controversia constitucional agrega que el acuerdo de la Sener también invade las competencias de la CFE y “obstaculiza el cumplimiento de sus obligaciones finalidades constitucionales, puesto que se anulan los principios que deben regir la industria eléctrica para que exista competencia económica y libre concurrencia en el mercado de generación y suministro del fluido eléctrico, particularmente en lo que se refiere a las llamadas energías limpias.
Fuente Proceso.