Mundo.- Aunque no lo creas un hombre fue condenado a pagar pensión alimenticia por la hija de su ex pareja aunque él no es el padre biológico de la menor de edad.
Esto ocurrió en Argentina y, a pesar de que el hombre apeló a lo resuelto en primera instancia, tuvo un segundo revés luego que la Cámara de Familia de 2° Nominación de Córdoba desestimara el recurso de apelación.
El hombre fue condenado a pagar el 5% de su haber mensual hasta que la beneficiada, hoy de 15 años, fuera mayor de edad.
El demandado argumentó que el juez en primera instancia no había valorado debidamente las pruebas presentadas, además de asegurar que el período de convivencia que tuvo con la madre de la menor no era suficiente para imponer tal determinación.
Sin embargo, la Cámara de Familia de 2° Nominación de Córdoba ratificó lo que había sido dictaminado, destacando que “la obligación alimentaria del cónyuge o conviviente respecto de los hijos del otro, tiene carácter subsidiario. Cesa este deber en los casos de disolución del vínculo conyugal o ruptura de la convivencia”.