Fotografía de internet
Hidalgo, México. – Por unanimidad de 27 votos a favor, el Congreso de Hidalgo avaló la Ley Olimpia, por lo que se podrá sentenciar de tres a seis años de prisión y una multa de 200 a 509 días de salario mínimo a quien difunda material íntimo sin consentimiento.
Después de las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado y al Código Penal, se dicta que aquellos cometan el delito de violación a la intimidad sexual, produzca, publique, difunda, distribuya o publique en cualquier medio, conversaciones, imágenes, audios o videos, de carácter o contenido íntimo sexual, erótico o pornográfico, serán sometidos a las penalizaciones.
Además, es que se impondrá la misma pena a quien, filme, fotografíe, imprima o elabore imágenes de contenido sexual, “este delito se perseguirá por querella cuando la víctima sea mayor de edad y con capacidad para comprender el significado del hecho y resistirlo”.
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De igual manera, se establece que el castigo será hasta en una mitad más, cuando el delito sea cometido por el cónyuge, concubinario o concubina, o por cualquier persona con la que la víctima tenga o haya tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza.
Fuente diario de mexico.