México.- Muchos de nosotros alguna vez hemos llevado nuestra comida al cine, desde una inocentes gomitas hasta una torta, pero ahora la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) nos indica que si podemos llevar.
Primero que nada recordemos que no existe una a ley que prohíba ingresar con alimentos externos a las salas de cine. La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ha aclarado este punto, y aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para ejercer tus derechos como consumidor.
De acuerdo a la Profeco, los establecimientos que ofertan servicios como los cines no pueden obligar a los consumidores a comprar los productos de dulcería que ofrecen. Esto significa que, legalmente, tienes derecho a llevar tus propios alimentos al cine, siempre y cuando no representen un riesgo para la seguridad o higiene del lugar.
¿Pero cuales alimentos si puedo llevar?
La PROPFECO a lanzado una lista con los alimentos que podrás introducir a las salas de un cine:
- Comida rápida y snacks: Pizza en porción o caja pequeña, hamburguesas, hot dogs, papas fritas, nuggets de pollo.
- Botanas y dulces: Palomitas de microondas, papas fritas (Sabritas, Doritos, etc.), chocolates, barras de caramelo, gomitas, galletas.
- Bebidas: Refrescos, jugos, agua embotellada, café o té en vaso térmico.
- Comida casera o saludable: Sándwiches, fruta picada, ensaladas en envase hermético, sushi en porciones individuales, yogurt bebible.
Pues aprovechemos antes de que los cines escriban sus propias reglas y esto pueda cambiar.