Se propone reformar las leyes, para castigar por ultrajar, modificar y hacer mal uso de los símbolos patrios, incluyendo el himno nacional.
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México. – Proteger los símbolos patrios, es la encomienda de la diputada de MORENA, Ana Elizabeth Ayala Leyva, ella propone reformar las leyes, para castigar a quien se atreva a ultrajar, modificar y hacer mal uso de los símbolos patrios, incluyendo el himno nacional.
Todo esto debido a las constantes equivocaciones de artistas consagrados de la música en México, que a la hora de interpretar el himno nacional, cambian el tono o la letra, durante eventos públicos y quedan expuestos ante las críticas de los oyentes.
Cantantes de la talla de Ana Bárbara, Vicente Fernández, Jorge ‘Coque’ Muñiz o Ángela Aguilar, han sucumbido a este tipo de errores, cuando esté tipo de personajes hace alguna modificación, aunque sea por accidente, muchas personas ponen el grito en el cielo y envuelven en críticas a los cantantes.
El Código Penal Federal establece en los artículos 191 y 192 que a quien cambie o modifique la letra del Himno Nacional Mexicano, se le podría aplicar una multa de entre seis meses y hasta cuatro años en prisión o una multa de tres mil pesos, la decisión final será tomada por un juez.
Lo que propone el Grupo Parlamentario de Morena, quienes son mayoría en la Cámara de Diputados, se trata de un proyecto de decreto, por lo cual, tras su aprobación y publicación en el Diario Oficial de la Federación, entraría inmediatamente en vigor.
La propuesta de reforma de la diputada de Morena, señala, que aumentaron las horas de arresto de 36 a 72 y como nueva sanción, hasta cuatro años de prisión:
Artículo 191.- Al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional, ya sea de palabra o de obra, se le aplicará de seis meses a cuatro años de prisión o multa de diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse la infracción o ambas sanciones, a juicio del juez.
Artículo 192.- Al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, se le aplicará de tres días a cuatro años de prisión y multa de diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse la infracción.