Redacción Monitor Expresso
Ciudad de México a 29 de junio de 2016.- Con cuatro votos a favor, los ministros de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ampararon a un hombre a quien el IMSS le había prohibido inscribir a su hijo en una guardería, argumentando que no cumplía con los requisitos.
La SCJN determinó que los hombres trabajadores adscritos al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) deben tener el mismo derecho que las mujeres trabajadoras para llevar a sus hijos a las guarderías de la institución.
La Ley del Seguro Social para que un hombre pueda llevar a sus hijos a una de estas guarderías, tiene que ser viudo, divorciado o que sus hijos se encuentren bajo su guardia y custodia. Por el contrario, cualquier mujer trabajadora puede enviar a sus hijos a las guarderías del IMSS sin que se les exija cumplir con ningún requisito.
Los ministros determinaron que estas limitaciones hacia los hombres son discriminatorias porque hacen una distinción injustificada entre hombres y mujeres.
Señalaron que la ley y el reglamento que prohíben a los hombres llevar a sus hijos a las guarderías en las mismas condiciones que las mujeres son inconstitucionales.
La resolución de la Sala sólo beneficia al hombre que tramitó este amparo, pero sienta un precedente para resolver otros casos similares.
Fuente: Televisa