Morelia, Michoacán. – El candidato al Senado, por Movimiento Ciudadano (MC), Carlos Herrera Tello podría estar infringiendo El Principio de Laicidad y la Nulidad Electoral ya que, al menos dentro de la capital como en el interior del estado, se ha exhibido en los espectaculares su imagen con unas alas de fondo.
Al igual que otros políticos, Herrera Tello, decidió sumarse a la contienda electoral por la posibilidad de ganar un cargo de elección popular, pero su propaganda estaría fuera de la Ley, en cuanto a El Principio de Laicidad y la Nulidad Electoral que del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se desprende:
Queda sustancialmente prohibido el uso de símbolos y expresiones de índole religiosa para llamar al voto.
Lo anterior lo afirma el TEPJF y de manera simultánea señala que “es el tema principal de análisis, por lo que vale la pena prestar atención al mensaje que de la campaña publicitaria del Carlos Herrera se desprende.
En aras de fundamentar lo anteriormente mencionado, ha de describirse la imagen publicitaria del candidato naranja a senador por el territorio michoacano.
Con una presentación de medio cuerpo y un fondo naranja, Carlos Herrera aparece al centro del lente posando con los brazos cruzados y una ligera sonrisa viendo hacia horizonte; sumado a esto, aparece dentro de la panorámica su nombre, el cargo político para el que se postula.
Y si bien el fondo se trata del logotipo de Movimiento Ciudadano, el cual representa un águila de color blanco con fondo naranja o viceversa, en la publicidad del candidato se muestra como si se tratase de un par de alas saliendo de su espalda. Con lo que abre la posibilidad de imaginarlo como una especie de ángel o salvador con alas.
Al revisar a otros militantes como candidatos también de Movimiento Ciudadano (MC), tienen de fondo el logotipo pero aparecen desalineados de su centro u optan completamente por aparecer a un costado, de tal suerte que pueda verse la mayor parte de éste.
Para tal efecto, el TEPJF insta a todos los políticos a respetar la línea jurisprudencial bajo la cual se fundamenta la laicidad democrática y tener cuidado con las frases y contenidos en los discursos, imágenes y símbolos que emplean, ya que “en un contexto electoral sí son importantes y mucho, porque es fundamental la separación de la Iglesia y el Estado laico, el cual está pendiente y detrás de esas acciones”.
Esto significa que los candidatos no pueden valerse de narrativas con expresiones populares que traigan consigo una carga religiosa para conseguir el voto de la ciudadanía.
¿Políticos han perdido su candidatura por la falta de neutralidad e imparcialidad religiosa estatal
De acuerdo al TEPJF un candidato perdió su registro debido a que su campaña incluía símbolos religiosos, uno de los cuales hacía referencia a la construcción de una iglesia durante su posible mandato como presidente municipal.
Posteriormente, se invalidó la elección a una diputación federal en Zamora, Michoacán debido a que un partido político difundió propaganda en la radio que hacía alusiones religiosas evidentes, y también empleó un folleto con iconos religiosos.
En Chiautla, Estado de México, se presentó otro caso significativo en el que un candidato inició su campaña por la presidencia municipal con una misa, invitando a la población desde la primera fila frente al sacerdote que dirigía la ceremonia religiosa.
Un ejemplo, similar al anterior, tuvo lugar en Ciénega de Flores, Nuevo León, porque en el evento de inicio de campaña participaron cuatro pastores que oficiaron un rezo en favor del candidato.
Finalmente está el caso de Yurécuaro, Michoacán, en el cual, “se anuló la elección, porque el candidato violó la libertad del voto y la laicidad, al haber realizado una campaña con la imagen de San Judas Tadeo, la Virgen de Guadalupe y realizó una misa de acción de gracias para quienes votaron por él”.